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¿Puedo circular por la M30 con etiqueta B? (2024)

5' circular m30 etiqueta B
Fecha de publicación: 26/01/2024
Fecha de revisión: 07/08/2024

Con la llegada de las famosas «pegatinas» y con el fin de reducir la contaminación especialmente en los grandes núcleos de población, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha ido estableciendo normativas específicas que afectan la circulación de vehículos en las Zonas de Bajas Emisiones. En este artículo, analizaremos cómo la inclusión de la ronda de circunvalación dentro de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid, condiciona las medidas de restricción de paso para los conductores que circulan por la M30 con etiqueta B.

Vamos a hablar sobre

¿Qué me puede suceder si circulo por la M30 sin la etiqueta B?

¿Se puede circular por la M30 con la etiqueta B del coche?, ¿puedo entrar al interior de la M30 en Madrid si tengo un coche con etiqueta B? Son muchas las dudas que surgen entre los conductores de la capital. Para intentar aclararlas empezando por la que viene al caso: sí, sí se puede entrar en la M30 con un coche que tiene etiqueta B.

La M-30 es una de las vías con mayor tráfico en España. Por esta circunvalación madrileña circulan una media de más de 300.000 vehículos diarios. En su consideración y control, se tiene muy en cuenta que hablamos de la única autopista española de la que es titular un Ayuntamiento.

¿Tienes un coche con etiqueta B o C? Desde el 1 de enero de 2024, los coches con etiqueta B y C pueden circular por todo Madrid, incluidas las Zonas de Bajas Emisiones (que incluye la M-30), Madrid Centro y Plaza Elíptica si pagan el impuesto de circulación en Madrid, su propietario está empadronado en la capital y cumplen una condición obligatoria: estacionar siempre dentro de un aparcamiento regulado y concertado con el Ayuntamiento de Madrid.

Un permiso excepcional que beneficia a gran número de conductores, y supone un «alivio» temporal ante las restricciones habituales en la circulación de la capital española.

Los coches sin etiqueta tienen prohibida la circulación por los barrios periféricos a la M-30 desde el 1 de enero de 2024 hasta el 1 de enero de 2025, a excepción de la condición anteriormente mencionada.

Acceder a la M30 con etiqueta B o sin pegatina de la DGT sin cumplir las condiciones, puede implicar una multa de hasta 200 euros (con bonificación del 50% por pronto pago).

¿Por dónde puedo circular en Madrid con la etiqueta B?

La capital española cuenta con tres zonas de bajas emisiones perfectamente diferenciadas. Estas zonas restringen la circulación en función de la etiqueta de la DGT que tenga acreditada el vehículo. Las tres zonas ZBE son: Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE), Distrito Centro y Plaza Elíptica. Estas dos últimas como Zonas de Bajas Emisiones De Especial Protección (ZBEDEP).

Para saber si podemos conducir por la M30 con etiqueta B tendremos que prestar atención a las restricciones dentro de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE).

Madrid Zona de Bajas de Emisiones (ZBE): todo Madrid forma parte de la llamada ZBE. La Zona de Bajas Emisiones se expande hasta la M-30, por tanto, por esta vía ya han comenzado a aplicarse las restricciones al paso de determinados vehículos. La restricción se limita a los coches sin etiqueta. Los coches sin etiqueta medioambiental de la DGT y no empadronados en Madrid capital, no podrán circular. Es decir, que aquellos coches sin etiqueta medioambiental pero que sí paguen el impuesto de circulación en la ciudad, podrán hacerlo hasta el 1 de enero de 2025. Por tanto, se puede circular por la M30 con etiqueta B en 2024.
ZBEDEP Distrito Centro (Madrid Central): ZBE Distrito Centro comprende los barrios de Sol, Cortes, Embajadores, Palacio, Justicia y Universidad, aunque no en la totalidad de sus calles. Por el considerado «Distrito Centro» no pueden circular coches sin etiqueta. Los vehículos con etiqueta B y C pueden hacerlo si estacionan en un parking de acceso público o privado adherido al sistema de gestión de permisos de la ZBE y autorizados previamente por el Ayuntamiento. En cambio, pueden acceder y circular libremente sin restricción aquellos vehículos con pegatina ECO y CERO.
ZBEDEP Plaza Elíptica: considerado un punto crítico de contaminación en la ciudad, no está permitido el acceso a vehículos sin etiqueta. Por la ZBE Plaza Elíptica sí pueden circular los coches con etiqueta B, C, ECO y CERO.

Y ¿por dónde no podría circular?

Puedes circular por la M30 los coches con etiqueta B. Siendo la ZBE de Madrid Central la única que impone una limitación para las pegatinas amarillas. Con etiqueta B, será necesario estacionar en un parking público o privado. Pero no podrás hacerlo en la calle ni tampoco atravesar la zona sin estacionar.

Los coches con etiqueta B pueden circular por la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección Distrito Centro (anteriormente conocido como Madrid Central), siempre y cuando estacionen en un parking público o privado adherido al sistema de gestión de permisos de la ZBE.

¿Dónde podría aparcar en Madrid con la etiqueta amarilla?

Como hemos visto, puedes circular por la M30 con la etiqueta B bajo unas condiciones de acceso y estacionamiento específicas. Según el área ZBE en el que te encuentres transitando con el distintivo ambiental B, etiqueta B o etiqueta amarilla, cambiarán. Si quieres saber dónde se puede aparcar con etiqueta B amarilla en Madrid:

Madrid Zona de Bajas de Emisiones (ZBE) y ZBEDEP Plaza Elíptica: acceso sin restricciones para los coches de etiqueta B.
ZBEDEP Distrito Centro (Madrid Central): los turismos con etiqueta B deben cumplir alguno de estos criterios: estacionar en un parking de uso público, estar empadronado en Distrito Centro y el vehículo de tu propiedad está domiciliado Madrid, eres una empresa o autónomo y ejerces tu actividad en un local u oficina ubicada en Distrito Centro o eres invitado por uno de ellos, el turismo está destinado al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, dispones de una plaza de garaje particular o eres cesionario o arrendatario de una plaza de aparcamiento municipal para residentes situada en el Distrito Centro, VTC con servicio previamente contratado con origen o destino en la ZBEDEP, dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria y secundaria cuyas necesidades lo exijan.

¿Se puede acceder a la zona ZBEDEP con la etiqueta B?

Los coches con etiqueta B pueden acceder a las dos Zonas de Bajas Emisiones De Especial Protección (ZBEDEP): Zona Distinto Centro y Zona Plaza Elíptica.

Puedes circular sin problemas por la M30 con etiqueta B. Además, con este distintivo puedes acceder a la Zona de Plaza Elíptica sin restricciones. En cambio, para poder hacerlo a la ZBEDEP Distrito Centro (anteriormente conocida como Madrid Central) deberás cumplir unas restricciones ZBE detalladas por el Ayuntamiento de Madrid para vehículos con etiqueta B.

¿Cuándo entraría en vigor esta normativa?

Esta normativa sobre circulación de vehículos con etiqueta B en Madrid está actualizada a enero de 2024. Los vehículos pueden circular por la M30 con etiqueta B hasta el 1 de enero de 2025 siempre y cuando cumplan las condiciones detalladas anteriormente.

Patricia saiz experta en seguros
Escrito por: Patricia SaizExperta en Seguros

Patricia es periodista y redactora especialista en el sector de los seguros. Patricia aporta contenido relacionado al mercado de los seguros de coche.